Valoración de Documentos Administrativos del Principado de Asturias
Resolución de 29 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el dictamen de la 31.ª sesión ordinaria de la Comisión de Calificación y Valoración de Documentos Administrativos del Principado de Asturias y la modificación parcial del Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias, aprobado por Resolución de 3 de marzo de 1999, de la Consejería de Cooperación.[sc name=”secretario” ]
Visto el expediente relativo a la 31.ª sesión ordinaria de la Comisión de Calificación y Valoración de Documentos Administrativos del Principado de Asturias y teniendo en cuenta los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.—Por Resolución de 6 de octubre de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, se aprueba la primera modificación parcial del Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias, aprobado por Resolución de 3 de marzo de 1999, de la Consejería de Cooperación, así como los plazos de conservación de series documentales incluidas en el mismo, y se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 11 de noviembre de 2004). A partir de ésta, se sucedieron cronológicamente posteriores modificaciones, siendo la última publicada la 30.ª modificación parcial del Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias, aprobada por Resolución de 8 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 25 de mayo de 2017).
Segundo.—En fecha 27 de abril de 2017, por Resolución del Señor Presidente de la 31.ª sesión ordinaria de la Comisión de Calificación y Valoración de Documentos Administrativos del Principado de Asturias se convoca la 31.ª sesión ordinaria de la misma, para el día 4 de mayo de 2017.
Tercero.—En dicha sesión y a partir de los estudios de identificación y valoración de series documentales elaborados por el Archivo General de la Administración del Principado de Asturias y el órgano productor, y siguiendo las pautas que regula el citado Decreto 21/1996, se ha emitido dictamen sobre modificación parcial del Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos (altas y bajas de las mismas) respecto a las siguientes series documentales producidas por la Administración del Principado de Asturias:
— Expedientes de creación de academias. (Código del registro 897).
— Expedientes de solicitud de comisión de servicio o adscripción provisional. (Código del registro 908).
— Memorias económico presupuestarias. (Código del registro 890).
Cuarto.—Dicha Comisión de Calificación y Valoración de Documentos Administrativos, en la misma sesión de 4 de mayo de 2017, tomando como referencia las propuestas presentadas por el Archivo General de la Administración y conformadas por el órgano productor, en relación con las series documentales objeto de valoración, establece los criterios de denominación, acceso, conservación y eliminación y emite dictamen sobre las siguientes series documentales incluidas en el Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias:
— Expedientes personales (de las Secretarías Generales Técnicas) (Código del registro 865).
— Relaciones de control horario (Código del registro 866).
— Expedientes de propuestas de oferta de empleo público (Código del registro 867).
— Expedientes de provisión de puestos de trabajo por concurso (Código del registro 868).
— Expedientes de propuestas para la confección de la RPT (Código del registro 869).
— Expedientes de solicitud para nombramiento/ contratación de personal de carácter no permanente (Código del registro 870).
— Expedientes de provisión de puestos de trabajo de libre designación (Código del registro 871).
— Expedientes de redistribución de efectivos (Código del registro 872).
— Liquidación, retribuciones e indemnización por razón del servicio (resúmenes) (Código del registro 873).
— Expedientes de planes de vacaciones anuales (Código del registro 874).
— Permisos y licencias reglados (Código del registro 875).
— Expedientes de baja y alta por ILT (resúmenes) (Código del registro 876).
— Expedientes de régimen disciplinario (Código del registro 877).
— Expedientes de contratación de obras (Código del registro 878).
— Expedientes de contratación de consultoría y asistencia técnica (Código del registro 879).
— Expedientes de contratación de suministros (Código del registro 880).
— Expedientes de contratación de servicios (Código del registro 881).
— Expedientes de contratación de trabajos específicos y concretos no habituales (Código del registro 882).
— Expedientes de contratación de gestión de servicios públicos (Código del registro 883).
— Expedientes de contratación de gestión de arrendamientos financieros (Código del registro 884).
— Expedientes de enajenaciones de bienes muebles (Código del registro 885).
— Expedientes de encomiendas de gestión a empresas públicas consideradas medio propio de la Administración (Código del registro 886).
— Expedientes de expropiación forzosa (Código del registro 887).
— Expedientes de anteproyecto del presupuesto de las Consejerías (Código del registro 888).
— Informes y estudios económico presupuestarios (Código del registro 889).
— Libramiento de cajas pagadoras (Código del registro 891).
— Liquidaciones de ingresos directos (Código del registro 892).
— Registro de resoluciones (Código del registro 893).
— Correspondencia en materia de Administración General (Código del registro 894).
— Expedientes de control parlamentario (Código del registro 895).
— Documentación de apoyo informativo de cargos directivos (Código del registro 896).
— Expedientes de creación de academias (Código del registro 897).
— Expedientes de inscripción en el Registro de Asociaciones (Código del registro 898).
— Expedientes de colegios profesionales (Código del registro 899).
— Expedientes de elaboración de disposiciones de carácter general (Código del registro 900).
— Expedientes de responsabilidad patrimonial (Código del registro 901).
— Expedientes de coordinación de informes entre varia Consejerías (Código del registro 902).
— Expedientes de reclamaciones previas a la vía judicial (Código del registro 903).
— Expedientes de recursos de reposición (Código del registro 904).
— Convenios y protocolos (Código del registro 905).
— Informes en materia de asesoramiento jurídico (Código del registro 906).
— Correspondencia en materia de Administración General (Código del registro 907).
— Expedientes de solicitud de comisión de servicio o adscripción provisional (Código del registro 908).
— Expedientes de planes y programas corporativos (Código del registro 909).
Fundamentos de derecho
Primero.—El Decreto 21/1996, de 6 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del sistema de archivos administrativos del Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 28 de junio de 1996), en su artículo 4.2 establece que los distintos tipos documentales serán objeto de adecuada clasificación que quedará plasmada en el “Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias”.
Segundo.—Por Resolución de 3 de marzo de 1999, de la Consejería de Cooperación, se aprueba el Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias”.
Vista la disposición final del mencionado Decreto 21/1996 en lo referente a ejecución y desarrollo del mismo,
RESUELVO
Primero.—Aprobar el dictamen de la 31.ª sesión ordinaria de la Comisión de Calificación y Valoración de Documentos Administrativos del Principado de Asturias y la modificación parcial del Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias, aprobado por Resolución de 3 de marzo de 1999, de la Consejería de Cooperación, en lo referido a altas y bajas de series documentales, que figuran como anexo I y II de esta Resolución.
Segundo.—Aprobar los plazos de acceso, conservación y eliminación de series documentales incluidas en el Cuadro General de Clasificación de Documentos Administrativos del Principado de Asturias, que figuran en el anexo III de esta Resolución.
Tercero.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanear ambos recursos, conforme a lo establecido en artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercer cualquier otro que estimen oportuno.
Oviedo, a 29 de mayo de 2017.—El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez Suárez.—Cód. 2017-06215.
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