Grupos de Acción Local en Euskadi

ORDEN de 25 de mayo de 2016, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de modificación de la Orden de convocatoria pública para la aprobación de las estrategias de desarrollo local participativo y la selección de los Grupos de Acción Local responsables de su gestión en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2015-2020.

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Con fecha 4 de enero de 2016, se publicó en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 1, la Orden de 30 de diciembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de convocatoria pública para la aprobación de las estrategias de desarrollo local participativo y la selección de los Grupos de Acción Local responsables del su gestión en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2015-2020, amparada en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Feader. El resuelvo séptimo establece, en su párrafo 3, los criterios para proceder a la selección del grupo de acción local especificando en el apartado a.2): «zona objeto de actuación inferior a la zona Leader aprobada en el PDR 2015-2020, 100 puntos menos 5 puntos por cada municipio fuera de cobertura» cuando debiera indicarse.

Por ello, y con el objeto proceder a su corrección se elabora la presente Orden tal y como lo dispone el artículo 18, apartado 2.c) del Decreto 217/2008, 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, que establece que «c) Los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango».

En virtud de lo cual,

RESUELVO:

Artículo Primero.– Modificar el apartado a.2) del párrafo tercero del Resuelvo Séptimo de la Orden de 30 de diciembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de convocatoria pública para la aprobación de las estrategias de desarrollo local participativo y la selección de los Grupos de Acción Local responsables del su gestión en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2015-2020, que queda redactado como sigue:

«2.º Zona objeto de actuación inferior a la zona Leader aprobada en el PDR 2015-2020, 100 puntos menos 0,5 puntos por cada municipio fuera de cobertura.»

Artículo Segundo.– La presente Orden surtirá efectos con carácter retroactivo desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Orden de 30 de diciembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de convocatoria pública para la aprobación de las estrategias de desarrollo local participativo y la selección de los Grupos de Acción Local responsables del su gestión en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2015-2020 (BOPV n.º 1 de 4 de enero de 2016), por lo que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes durante un periodo de quince días. Las solicitudes presentadas con anterioridad a este nuevo plazo tendrán plena validez.

Artículo Tercero.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2016.

La Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.

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