Puesto de Secretario General reservado a Funcionarios con habilitación de carácter nacional
RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2017, del Director General de Administración Local, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
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Visto que Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, remitió por escrito de 21 de octubre de 2016, la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Secretario General del Pleno de dicho Ayuntamiento, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, así como el informe del Área de Régimen Jurídico Local e Innovación Tecnológica.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.
Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 25/2015, de 26 de junio, Decreto 72/2015, de 7 de julio, y Decreto 194/2015, de 4 de agosto
HE RESUELTO
- Publicar las bases y la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 11 de octubre de 2016.
Aprobación de bases y convocatoria puesto de Secretario General del Pleno
Conocida la propuesta del Jefe de Servicio de Recursos Humanos de 3 de febrero de 2017, con conocimiento expreso del Concejal-Delegado competente y de conformidad con la misma, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad,
ACUERDA
Primero
Aprobar la convocatoria y las bases para la provisión, por procedimiento de Libre Designación del puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Segundo
Remitir el presente acuerdo a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, con referencia del número y fecha del diario en el que se ha publicado a efectos de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Tercero
Las referidas bases serán diligenciadas acreditando su aprobación.
BASES PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE SECRETARIO GENERAL DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN
Primera
Objeto de la convocatoria y normativa aplicable
Las presentes bases tiene por objeto regir la convocatoria para proveer, por el sistema de Libre Designación, previsto en el artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, según la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y los artículos 27 y siguientes del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, el puesto de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
Segunda
Características del puesto
Código: 669:
— Denominación: Secretario General del Pleno, creado en virtud de lo establecido en el artículo 130.1.b.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
— Nivel de Complemento de Destino: 30.
— Complemento Específico anula: 40.139,26 euros.
— Centro: Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
Tercera
Requisitos
Los requisitos para su desempeño, conforme a la Relación de Puestos de trabajo son:
— Pertenecer a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaria, Categoría Superior, Grupo de Clasificación A1.
— No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre Provisión de Puestos de Trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Cuarta
Presentación de solicitudes
Los interesados presentarán su solicitud dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, vigente según disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
El escrito de solicitud deberá contener los datos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud se acompañará “currículum vítae” y la documentación acreditativa tanto de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto como de los méritos alegados.
Toda la documentación a aportar se admitirá en fotocopia simple, sin perjuicio de su posterior cotejo.
Quinta
Procedimiento y resolución
El procedimiento será el previsto en el artículo 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre Provisión de Puestos de Trabajo reservados a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente de la Corporación, procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar Resolución correspondiente en el plazo máximo de un mes, dando cuenta al Pleno de la corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General para la Administración Local, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”, tal y como exige el artículo 28.3 del mencionado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.
Dicha Resolución se motivará con cumplimiento, por parte de los candidatos elegidos, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Sexta
Toma de posesión
El plazo posesorio será el establecido en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.
Séptima
Régimen de impugnaciones
Contra la presente Resolución de aprobación de las bases y convocatoria del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, cabe imponer, con carácter potestativo, recurso de reposición , de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo previsto en La Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Remitir la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
- Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio o ante el Director General de Administración Local en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.
En Madrid, a 9 de febrero de 2017.—El Director General de Administración Local, Juan Ignacio Merino de Mesa.
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