Programa FEDER Andalucía 2014-2020

Orden de 30 de abril de 2018, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero.

LLEI SALUT COMUNITAT VALENCIANA

LLEI 8/2018, de 20 d’abril, de la Generalitat, de modificació de la Llei 10/2014, de 29 de desembre, de la Generalitat, de Salut de la Comunitat Valenciana

FUNCIONARIOS PUBLICOS EXTREMADURA

RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2018, de la Consejera, por la que se dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo entre la Junta de Extremadura y los sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre la modificación del ámbito de aplicación de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos. [sc name=”secretario” ] El 10 de abril de 2018 se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el Acuerdo entre la Junta de Extremadura y los sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre la modificación del ámbito de aplicación de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de Administración General y se autorizaba a la Consejera de Hacienda y Administración Pública para su firma. Asimismo, dando adecuado cumplimiento a lo establecido en el artículo 38 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura para su general difusión y conocimiento. Por todo lo cual, RESUELVO: Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 10 de abril de 2018 entre la Junta de Extremadura y los sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre la modificación del ámbito de aplicación de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos, que se incorpora como anexo a la presente resolución. Mérida, 17 de abril de 2018. La Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración Pública, PILAR BLANCO-MORALES LIMONES Viernes, 20 de abril de 2018 15752NÚMERO 77 ACUERDO ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LOS SINDICATOS MÁS REPRESENTATIVOS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS REUNIDOS De una parte, Dña. Pilar Blanco-Morales Limones, Vicepresidenta de la Junta de Extremadura y Consejera de Hacienda y Administración Pública. Y de otra, D. Juan Jose Samino Cortés, en representación de CSIF; D. José Ignacio Luis Cansado, en representación de FeSP-UGT; D. Guillermo Barroso Guillén, en representación de CCOO; y D. Rafael Bravo Gamero, en representación de SGTEX. MANIFIESTAN 1. La implantación del sistema de carrera profesional horizontal para el personal al servicio de la Administración General de la Junta de Extremadura se llevó a cabo con el Acuerdo de 15 de septiembre de 2008 firmado por CCOO, CSIF y FeSP-UGT. Este Acuerdo únicamente preveía la carrera profesional para el personal que tenía la condición de funcionario de carrera y personal laboral fijo. Posteriormente se amplió el ámbito de aplicación al personal laboral indefinido mediante la Primera Adenda al Acuerdo firmada el 29 de diciembre de 2008. El Acuerdo de 15 de septiembre de 2008 antes referido, estableció en su apartado décimo un régimen transitorio para el reconocimiento del Nivel Inicial y el Nivel Uno de la carrera profesional horizontal, basándose exclusivamente en el ejercicio profesional, que ha sido sistemáticamente aplicado en los ejercicios posteriores a su suscripción. Sin embargo, a nadie escapa que en los últimos años la configuración del régimen jurídico del personal temporal con carácter general, ha venido evolucionando, en gran medida auspiciado por la normativa europea, en el sentido de equiparar sus condiciones de trabajo con las del personal fijo sin que, esta condición de temporalidad pueda suponer una discriminación o diferencia de trato, en especial en el ámbito económico o retributivo. Por este motivo, así como por razones de equidad, las partes entienden que tanto al personal funcionario interino como al personal laboral temporal, les debe ser de aplicación el referido régimen transitorio incluido en el Acuerdo sobre carrera profesional horizontal vigente en la Junta de Extremadura, en los mismos términos y circunstancias que al personal funcionario de carrera y personal laboral fijo o indefinido no fijo que hasta ahora, eran los únicos incluidos en su ámbito de aplicación. Viernes, 20 de abril de 2018 15753NÚMERO 77 2. Asimismo, con el presente Acuerdo, las partes pretenden agilizar y mejorar el procedimiento de reconocimiento de la carrera profesional horizontal, mientras tanto subsista el régimen transitorio, de tal forma que en lo sucesivo no sea necesario abrir una convocatoria específica con un plazo preclusivo para solicitar el reconocimiento del derecho a la carrera profesional, sino que los empleados públicos puedan solicitarlo en el momento en que crean que cumplen con los requisitos establecidos, que una vez corroborados por la Dirección General de Función Pública, dará lugar al reconocimiento del derecho al cobro del complemento de carrera profesional cuya cuantía será abonada a partir del año siguiente a dicho reconocimiento. 3. Por último, ambas partes son conscientes de la necesidad de avanzar en la implementación del sistema de carrera profesional horizontal de los empleados y empleadas públicas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo que se emplazan a negociar las fórmulas a establecer para el reconocimiento y abono del Nivel 2 de carrera administrativa. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, ambas partes ACUERDAN Primero. Sustituir los cinco primeros párrafos de la cláusula décima del Acuerdo de 15 de septiembre de 2008, entre la Junta de Extremadura y los Sindicatos más representativos en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre los criterios generales de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de dicho ámbito por el siguiente texto, quedando el resto de párrafos inalterados: “Se establece un régimen transitorio para los empleados públicos incluidos en el ámbito de aplicación de este Acuerdo, así como para el personal que durante la vigencia de este régimen adquiera fijeza como funcionario o laboral en virtud de las convocatorias de ofertas públicas de empleo de la Junta de Extremadura. A los exclusivos efectos de este régimen transitorio,

AYUDAS RURALES COMUNIDAD VALENCIANA

ORDEN 13/2018, de 10 de abril de 2018, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la submedida 19.2 del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020, Apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo, de los grupos de acción local LEADER 2014-2020.

Funcionarios Habilitados de carácter nacional

Resolución de 2 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, convocado por Orden HFP/133/2018, de 13 de febrero.