Horario espectáculos públicos en Murcia
Orden de 21 de abril de 2017, de la Consejería de Presidencia, por la que se prorroga temporalmente el horario de finalización de determinado espectáculo público en el municipio de Murcia.[sc name=”Seguridad Pública” ]
El Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia (ICA), ha solicitado, con motivo de la celebración del Festival WAM Estrella de Levante en el Recinto Ferial de la Fica del municipio de Murcia, que se prorrogue con carácter extraordinario y temporal el horario de finalización del espectáculo público al aire libre referenciado, regulado en la Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno, por la que se establece el horario de cierre para los establecimientos públicos, espectáculos y fiestas, tanto para las actividades que dispongan de licencia ordinaria según la reglamentación de actividades clasificadas, como para los que tengan la licencia especial según la legislación de espectáculos públicos y actividades recreativas, y todo ello con objeto de dar satisfacción a la demanda social sin perjuicio del mantenimiento de las medidas necesarias para evitar perturbaciones a la seguridad, salubridad y condiciones ambientales.
De acuerdo con el artículo 5 de la Orden del Ministerio del Interior de 23 de noviembre de 1977, tras su modificación por la Orden de 29 de junio de 1981, los horarios de cierre de espectáculos, fiestas y establecimientos públicos, podrán alterarse con motivo de la celebración de una fiesta local, para una actividad o con ocasión de una fiesta determinada.
Por consiguiente, en virtud de lo expuesto, y en aplicación de las facultades que tengo atribuidas de conformidad con el Real Decreto 1279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma en materia de espectáculos públicos, el Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, el Decreto n.º 104/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y la Orden de 1 de febrero de 2016, de la Consejería de Presidencia, por la que se delegan en el titular de la Dirección General de Administración Local competencias en materia de espectáculos públicos, y visto el Informe del Jefe de Sección de Autorización de Espectáculos Públicos y Procedimiento Sancionador,
Dispongo:
Primero.- En el municipio de Murcia, con motivo de la celebración en el Recinto Ferial de la Fica del Festival WAM Estrella de Levante, dicho espectáculo público al aire libre, debidamente autorizado, podrá finalizar, prorrogando su horario de cierre sobre el horario regulado en la citada Circular 2/94 de la Delegación del Gobierno, hasta las 06:00 horas de la madrugada de los días 6 y 7 de mayo de 2017.
Segundo.- Esta autorización excepcional y temporal de prórroga de horario no exime del cumplimiento de los límites de inmisión y emisión sonora, ni de las demás normas establecidas, en cuanto a actividades molestas, en las condiciones particulares de sus licencias respectivas y en las disposiciones generales sobre policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Murcia, 21 de? abril de 2017.—La Consejera de Presidencia (P. D. Orden de la Consejera de Presidencia de 01/02/2016) el Director Gral. de Administración Local, Diego-M. Pardo Domínguez
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