Itinerarios formativos ADMINISTRACION LOCAL
Resolución de 12 de enero de 2021, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan itinerarios formativos específicos para el ámbito local.
BOE de 15 de enero de 2021
TEXTO ORIGINAL
El Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), con el objetivo de cumplir con la oferta de formación continua y la actualización permanente de las competencias profesionales de sus empleados públicos, concretamente en el ámbito local, conforme a lo establecido en el artículo 3.d) del Estatuto del INAP, aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, convoca dos itinerarios formativos para el ejercicio 2021.
Por ello, esta Dirección adopta la siguiente resolución:
Primero. Objeto y requisitos de los participantes.
El objeto de esta resolución es convocar dos itinerarios formativos que se desarrollarán durante el ejercicio 2021.
Para poder participar en los cursos convocados el personal al servicio de las administraciones públicas, preferentemente el de Administración Local, deberá cumplir con los requisitos exigidos en el apartado de destinatarios de cada uno de los cursos.
Segundo. Itinerarios formativos ofertados.
1. Itinerario de especialista en control interno en entidades locales de pequeño y mediano tamaño.
Este itinerario consta de cuatro cursos. La realización y superación de cada curso deberá realizarse en el orden que se indica a continuación.
Destinatarios: podrán solicitar la participación en este curso el personal al servicio de las Administraciones públicas, preferentemente el de las Administraciones locales pertenecientes a las subescalas de Secretaría-Intervención, Intervención-Tesorería y empleados públicos que desempeñen su puesto de trabajo en departamentos de Intervención.
El número de plazas son 25 en cada curso.
Fecha límite de inscripción en todos los cursos: 14 de febrero de 2021.
1. Primer curso. Control interno local: Análisis teórico y práctico.
Fechas de realización: del 24 de marzo a 30 de abril de 2021.
Lugar celebración: aula virtual del INAP.
Código: FLI21111101
Horas lectivas: 33 horas.
Puntuación: 0,30.
2. Segundo curso. El control interno de los gastos: Análisis teórico y práctico.
Fechas de realización: del 12 de mayo al 5 de julio de 2021.
Lugar celebración: aula virtual del INAP.
Código: FLI21111102.
Horas lectivas: 63 horas.
Puntuación: 0,50.
3. Tercer curso. Los resultados del control interno.
Fechas de realización: del 13 de septiembre al 21 de septiembre de 2021.
Lugar celebración: aula virtual del INAP.
Código: FLI21111103.
Horas lectivas: 24 horas.
Puntuación: 0,20.
4. Cuarto curso. Trabajo fin de itinerario.
Fechas de realización: del 27 de septiembre al 10 de octubre de 2021.
Lugar celebración: aula virtual del INAP.
Código: FLI21111104.
Horas lectivas: 63 horas.
Puntuación: 0,50.
Objetivo: desarrollar un modelo de control financiero adaptado al tamaño de la entidad local, considerando los riesgos y recursos disponibles.
Programa del Itinerario:
1. Control interno. Introducción: La función interventora.
2. Control interno. Introducción: El control financiero permanente obligatorio y planificado.
3. Control financiero permanente planificado.
4. Control en materia de gastos de personal y contratación.
5. Control de la actividad urbanística y patrimonial, y en materia de subvenciones.
6. Control interno de los ingresos y la tesorería.
7. Informes definitivos, Informe resumen anual, y plan anual.
8. Obligaciones de información del resultado del control interno.
9. La digitalización del control interno del sector público local.
10. Trabajo de fin de itinerario.
2. Itinerario de protocolo y comunicación en las entidades locales.
Fechas de realización: 12 de abril a 5 de julio de 2021.
Código: FLI 21111400000.
Lugar de celebración: aula virtual del INAP.
Horas lectivas: 100 horas.
Fecha límite de solicitud: 15 de marzo de 2021.
Número de plazas: 25.
Puntuación:1,00.
Destinatarios: personal al servicio de las administraciones públicas, preferentemente el de las administraciones locales, que desarrollen, o tengan que desarrollar, su trabajo en departamentos de protocolo, comunicación, relaciones institucionales o en gabinetes de autoridades.
Objetivo: analizar y conocer los principios organizativos y herramientas de actividades y eventos de los departamentos de protocolo, comunicación, relaciones institucionales o gabinetes de autoridades.
Programa:
1. Introducción al protocolo y a la comunicación.
2. Los básicos del protocolo.
3. Normativa sobre protocolo y símbolos.
4. Organización de actos institucionales.
5. Gestión de la comunicación.
6. Planes de comunicación.
7. Comunicación en la gestión de crisis.
Tercero. Presentación de solicitudes.
Quien desee participar en las actividades formativas convocadas deberán cumplimentar y presentar la correspondiente solicitud que será accesible en el catálogo de formación, tras la selección del curso correspondiente en el siguiente enlace https://buscadorcursos.inap.es o, en el apartado de Formación Local de la página web del INAP, en el siguiente enlace http://www.inap.es/formacion-en-administracion-local.
El interesado debe contar con la autorización del superior jerárquico desde el momento en el que realiza la inscripción. El envío de la solicitud telemática debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las normas y procedimientos que rigen el curso.
Cuarto. Selección.
1. La Subdirección de Formación Local seleccionará a los asistentes de entre las solicitudes que cumplan los requisitos, atendiendo al perfil de los candidatos en relación con los objetivos del curso.
2. Los empleados públicos podrán participar en cursos de formación durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
3. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados públicos y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por ciento de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.
4. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, se valorará como criterio de selección el reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.
Quinto. Régimen académico.
Los participantes seleccionados que no observen las reglas elementales de respeto y consideración hacia profesores, compañeros o personal del INAP y, en general, que contravengan lo dispuesto en el Código Ético del INAP (que podrá consultarse en (www.inap.es/conocenos) podrán ser excluidos de las actividades formativas en las que estén participando y de futuras convocatorias.
Sexto. Régimen de participación y aprovechamiento.
Los participantes deberán disponer de un equipo que tenga la configuración técnica necesaria en cada caso para su realización. Cualquier duda o problema técnico, derivado del acceso a páginas web o de la descarga o instalación de las aplicaciones requeridas para la realización de la actividad formativa, deberá ser consultada con el administrador del sistema del equipo que esté utilizando.
La falta de conexión, sin previo aviso o justificación, de quienes hubiesen sido seleccionados para participar en la actividad podrá determinar su exclusión en convocatorias posteriores.
Séptimo. Certificado.
Los alumnos habrán de conectarse con regularidad a las sesiones síncronas programadas. Una desconexión superior al diez por ciento, en el cómputo total de horas lectivas de sesiones programadas, imposibilitará la expedición de certificado y dará lugar a la baja en el curso, con pérdida de todos los derechos.
Para la obtención del certificado del curso será imprescindible además superar satisfactoriamente las pruebas y actividades evaluables.
Los participantes que cumplan estos requisitos recibirán un correo electrónico indicándoles la dirección a la que podrán acceder para descargarse su certificado en soporte digital.
Octavo. Información adicional.
La información detallada del curso será expuesta en la página web del Instituto. Se podrá solicitar información adicional a través del correo electrónico fl@inap.es.
A través del Portal del alumno (www.inap.es\alumno) se podrá acceder a toda la información y servicios electrónicos que el INAP pone a disposición de los participantes, incluida la relacionada con las preguntas más frecuentes que se plantean al realizar la inscripción. Asimismo, mediante su certificado electrónico, los alumnos del INAP podrán gestionar en el portal del alumno (https://portalalumno.inap.es) sus datos personales y sus solicitudes, así como consultar el expediente de las actividades formativas realizadas en este Instituto.
Para el desarrollo de los procesos de aprendizaje, los alumnos contarán con el acceso gratuito a «Ágora» (http://agora.edu.es/), a La Administración al Día (http://laadministracionaldia.inap.es) y al Banco de Conocimiento (http://bci.inap.es/), así como a la Red Social Profesional (https://social.inap.es/).
La valoración prevista para cada curso lo es a efectos de lo dispuesto en el artículo 1.D) de la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, en relación con lo establecido en la Resolución del Instituto Nacional de Administración Pública, de 26 de octubre de 1994 («Boletín Oficial de Estado» de 8 de noviembre de 1994).
Madrid, 12 de enero de 2021.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Mariano Fernández Enguita.
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