Tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía
Orden de 30 de marzo de 2017, por la que se aprueban las tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
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La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, en su artículo 22, creó la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, como agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Conforme prevé la disposición adicional décima de dicha Ley, así como el artículo 1.2 del Decreto 104/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los estatutos de la citada Agencia, ésta es una entidad instrumental al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y de los poderes adjudicadores dependientes de ella, gozando de la consideración de medio propio en los términos establecidos en dicha disposición, en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, en el artículo 24.6 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y en las sucesivas Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El artículo 23.2 de la misma Ley establece que el importe de las actuaciones que la citada Agencia lleve a cabo por encomienda de gestión se podrá determinar aplicando a las unidades ejecutadas con sus propios medios las tarifas correspondientes, que deberán ser objeto de aprobación por la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua. Dichas tarifas se calcularán de manera que representen los costes reales de realización y su aplicación a las unidades producidas servirá de justificante de los trabajos realizados.
La Orden de 12 de febrero de 2015 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, como medio propio instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás poderes adjudicadores dependientes de aquella, aprobó en su artículo 1 las tarifas a los efectos de la ejecución de obras, trabajos y prestación de servicios, aplicables a las actuaciones a realizar por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, como medio propio instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás poderes adjudicadores dependientes de aquella.
Asimismo, la citada Orden, en su artículo 3, estableció un periodo de validez de las tarifas de cuatro años, contados a partir de la fecha de aprobación, estableciéndose un sistema de actualización o de revisión anual a año vencido y antes del 31 de marzo de cada año. Además previó la constitución de una Comisión técnica de seguimiento para la realización de dicha actualización o revisión, a la que atribuyó determinadas funciones, entre las que se encontraba la propuesta de modificación o inclusión de nuevas tarifas. Mediante Orden de 12 de enero de 2017, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se constituyó la Comisión técnica de seguimiento que, tras los correspondientes estudios, análisis y trabajos técnicos en los que se ha elaborado un banco de precios actualizado, que refleja fielmente los costes de realización de las actividades por la Agencia, ha emitido su dictamen de fecha 21 de marzo de 2017 en base al cual se procede a la aprobación, por esta Consejería, de las nuevas tarifas aplicables por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Por ello, en virtud de lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26.2 y 106 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Artículo 1. Aprobación de las tarifas aplicables por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
- Se aprueban las tarifas aplicables a las actuaciones a realizar, mediante encomiendas de gestión para la ejecución de trabajos, actuaciones, obras y servicios, por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, como medio propio instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Las tarifas aprobadas podrán ser consultadas y descargadas en la página web de la Consejería, en la dirección: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/tarifas_amaya.
Artículo 2. Vigencia.
- Las tarifas aprobadas estarán vigentes hasta que se aprueben unas nuevas tarifas mediante la correspondiente Orden de la Consejería, previo informe de la Comisión técnica de seguimiento creada mediante la Orden de 12 de febrero de 2015 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- Las tarifas aprobadas mediante esta Orden serán de aplicación a las encomiendas de gestión cuya orden de iniciación se dicte a partir del 1 de julio de 2017.
- Durante la vigencia de las tarifas podrá acordarse por la Consejería, si fuese necesario, tanto la creación de nuevos precios elementales como la modificación de determinadas tarifas, siguiendo el mismo procedimiento establecido en el apartado primero. Tanto las tarifas modificadas como los nuevos precios serán incluidos directamente en el conjunto de tarifas publicadas en la página web.
Disposición transitoria única. Encomiendas en ejecución y en preparación.
A las encomiendas que se encuentren en ejecución en la fecha de entrada en vigor de esta Orden, así como aquellas que se encuentren en fase de preparación y cuya orden de iniciación se suscriba antes del 1 de julio de 2017, les serán de aplicación las tarifas aprobadas mediante la Orden de 12 de febrero de 2015 de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de marzo de 2017
JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ | |
Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio |
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