Ayudas municipios COMUNIDAD MADRID

ORDEN 2036/2019, de 8 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, por la que se conceden ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil en la temporada 2017-2018.


Mediante la Orden 1660/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid o sus entes deportivos municipales por la organización o participación en actividades del deporte infantil (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 121, de 23 de mayo), modificada mediante Orden 770/2019, de 28 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 134, de 7 de junio), y la Orden 1522/2019, de 19 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de dichas ayudas, en la temporada 2017-2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 2 de septiembre).
Vista la propuesta de Resolución elevada por el Director General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Evaluación encargada del estudio de las solicitudes presentadas, reunida el día 1 de octubre de 2019, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Primero
Resolver la citada convocatoria y conceder a los entes locales que se relacionan en el Anexo a esta Orden una ayuda por el importe que se indica en el mismo. Dichas ayudas irán con cargo al subconcepto 46309, del Programa 336A, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2019.
Previo al abono de la ayuda, los beneficiarios de la misma deberán justificar dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, que se hará mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la documentación requerida en el apartado octavo de la Orden 1522/2019, de 19 de julio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes.
La Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno y la Intervención de la Comunidad de Madrid podrán realizar mediante los procedimientos pertinentes las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de los fondos concedidos, quedando los beneficiarios sometidos al régimen de control establecido en la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Desestimar las solicitudes presentadas por los municipios que se relacionan por no haber participado en la temporada 2017-2018, en el Programa de Deporte Infantil, tal y como exige el último párrafo del artículo primero de la Orden 1522/2019, de 19 de julio.
— Ayuntamiento de la Cabrera.
— Ayuntamiento de Cubas de la Sagra.
— Ayuntamiento de Villalbilla.
Desestimar la solicitud presentada por el Club Atlético de Pinto por no ser entidad municipal (Ayuntamiento o ente deportivo municipal) a la que van dirigidas las ayudas, tal y como exige el artículo segundo de la Orden 1522/2019, de 19 de julio.
Tercero
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 8 de noviembre de 2019.
El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, IGNACIO AGUADO CRESPO

Para ver relación de beneficiarios entrar en:

[sc name=”Guía del Interventor Municipal” ]

o enlazar con:

[pdf-embedder url=”http://www.normativamunicipal.com/wp-content/uploads/2019/11/ADM1867.pdf”]

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