Integración del personal funcionario de carrera en la condición de personal estatutario en Castilla León

ORDEN PRE/305/2017, de 17 de abril, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, del fallo de la Sentencia n.º 618 de 31 de marzo de 2015, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, por la que se anula el Decreto 16/2014, de 24 de abril, por el que se establece el procedimiento para la integración directa y voluntaria del personal funcionario de carrera en la condición de personal estatutario.

[sc name=”Personal al servicio de la Administración Local” ]

En el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 79, de fecha 28 de abril de 2014, apartado I. Comunidad de Castilla y León, sub apartado A. Disposiciones Generales, se publicó el Decreto 16/2014, de 24 de abril, por el que se establece el procedimiento para la integración directa y voluntaria del personal funcionario de carrera en la condición de personal estatutario; Decreto que fue aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de abril anterior, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda e iniciativa de dicha Consejera y del Consejero de Sanidad.

Con fecha 31 de marzo de 2015, la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dicta sentencia n.º 618 cuyo fallo dispone. «Que estimando el recurso contencioso-administrativo ejercitado por el Sindicato Médico de Castilla y León (SIMECAL), sustanciado por los trámites del Procedimiento Ordinario 800/2014 y dirigido contra el Decreto autonómico 16/2014 precedentemente expresado; debemos anular y anulamos el mismo al ser disconforme con el ordenamiento jurídico. Se condena a la parte demandada al pago de las costas». El 1 de febrero de 2017, la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo, dicta a su vez sentencia por la que declara no haber lugar al recurso de casación n.º 1713/2015, interpuesto por la Comunidad Autónoma, con imposición de costas en los términos señalados en su fundamento sexto.

En su virtud, comunicada la firmeza de la referida sentencia, esta Consejería de la Presidencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes, de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos.

Valladolid, 17 de abril de 2017.

El Consejero de la Presidencia, Fdo.: José Antonio de Santiago-Juárez López

 

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *