DECRETO FORAL 20/2017, de 22 de marzo, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

[sc name=”Personal al servicio de la Administración Local” ]

El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea propone la incorporación a la plantilla orgánica de aquellos puestos de trabajo ya existentes en la actualidad de carácter estructural y permanente susceptibles de provisión definitiva, en virtud de lo previsto en el artículo 7 del Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre, por el que se regula la contratación de personal en régimen administrativo en las Administraciones Públicas de Navarra, por lo que es preciso crear en la plantilla orgánica las correspondientes plazas vacantes, especificando que continuarán cubiertas temporalmente por el mismo personal contratado tras la oportuna modificación contractual.

Desde la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, una vez estudiadas las necesidades en materia de personal que se plantean en el proceso de reversión de las cocinas del Complejo Hospitalario de Navarra, se constata la necesidad de crear diversas plazas de plantilla.

Existe informe favorable de la Dirección General del Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de marzo de dos mil diecisiete,

DECRETO:

Artículo 1. Creación de plazas en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, para la consolidación de empleo estructural, en virtud de lo previsto en el artículo 7 del Decreto Foral 68/2009, de 28 de septiembre.

Uno.–Se crean en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea las plazas vacantes que se relacionan a continuación:

–Departamento de Salud.

Dos.–Las plazas creadas en el apartado anterior se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias previstas para financiar dichas plazas estructurales en el Capítulo I del organismo autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Tres.–Las referidas plazas vacantes continuarán siendo cubiertas temporalmente por el mismo personal, tras la oportuna modificación contractual.

Artículo 2. Creación de plazas en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, para la consolidación de empleo estructural.

Uno.–Se crean plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

–Departamento de Salud.

Dos.–Las plazas creadas en el apartado anterior se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias previstas para financiar dichas plazas estructurales en el Capítulo I del organismo autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Tres.–Las referidas plazas vacantes continuarán siendo cubiertas temporalmente por el mismo personal, tras la oportuna modificación contractual.

Artículo 3. Creación de plazas de la plantilla orgánica en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea por el proceso de reversión de las cocinas del Complejo Hospitalario de Navarra.

Se crean las siguientes plazas:

–Departamento de Salud.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.–Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.–Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 22 de marzo de 2017.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos Berruezo. La Consejera de Función Pública, Interior y Justicia, María José Beaumont Aristu.

Código del anuncio: F1703634

 

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