Subvenciones en materia de inmigración en Castilla y León
ORDEN PRE/576/2017, de 3 de julio, por la que se resuelve la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en materia de inmigración, para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes para el año 2017. [sc name=”Guía del Interventor Municipal” ]
Por Orden PRE/1105/2015, de 17 de diciembre, («B.O.C. y L.» n.º 243, de 18 de diciembre) se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de inmigración a entidades locales, entidades privadas sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes, de la Consejería de la Presidencia, modificada a su vez por Orden PRE/108/2017, de 23 de febrero.
Mediante Orden de 21 de marzo de 2017, de la Consejería de la Presidencia, (publicado Extracto de la citada Orden en el «B.O.C. y L.» número 64 el día 3 de abril de 2017) se convocaron dichas subvenciones dirigidas a entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes para el desarrollo de proyectos integrales destinados a facilitar la integración de la población inmigrante en Castilla y León con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
- a) Aplicación presupuestaria 01.03.231B08.4802V.00 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2017, con un importe de doscientos trece mil euros (213.000 €).
- b) Aplicación presupuestaria 01.03.231B08.46069.00 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2017, con un importe de cincuenta mil euros (50.000 €).
Una vez evaluadas las solicitudes de subvención, la Comisión de Valoración emitió sendos informes, uno el día de 21 de junio en relación con entidades locales y otro el día 22 de junio relativo a entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes, en los que se concretaron el resultado de la valoraciones efectuadas y las prelaciones de las solicitudes de acuerdo con los criterios de concesión.
El Consejero de la Presidencia es el órgano competente para dictar la resolución del procedimiento de concesión de acuerdo con lo dispuesto en la Base Decimocuarta de la Orden PRE/1105/2015, de 17 de diciembre y en el Dispongo Decimocuarto de la Orden de Convocatoria.
La correspondiente Resolución de las subvenciones se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de acuerdo a lo estipulado en la Base decimoquinta de la Orden PRE/1105/2015, de 17 de diciembre.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, y demás normas vigentes de general aplicación, esta Secretaría General,
RESUELVO
Primero.– En relación con las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones en materia de inmigración para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades locales:
- a) Conceder subvenciones a las solicitudes relacionadas en el Anexo I, en las cuantías señaladas.
Segundo.– En relación con las solicitudes presentadas para la concesión de subvenciones en materia de inmigración para la realización de proyectos integrales, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y asociaciones de inmigrantes:
- a) Conceder subvenciones a las solicitudes relacionadas en el Anexo II, en las cuantías señaladas. Estas solicitudes son propuestas como beneficiarias tras la primera fase de valoración, al ser las que obtienen mayor puntuación en las provincias correspondientes (Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Valladolid y Zamora).
- b) Conceder subvenciones a las solicitudes relacionadas en el Anexo III, en las cuantías señaladas. Estas solicitudes son propuestas como beneficiarias tras la segunda fase de valoración, en la cual teniendo en cuenta el crédito sobrante tras la primera fase, se valoran todas las solicitudes no beneficiarias en dicha primera fase, con independencia de la provincia en la cual se desarrollará el proyecto.
- c) Inadmitir las solicitudes relacionadas en el Anexo IV por haber sido presentadas de forma presencial no habiendo sido posible por parte del órgano instructor requerir a la entidad solicitante la presentación de su solicitud de forma electrónica dentro del plazo previsto para ello debido a la fecha en que la solicitud presencial tuvo entrada en el citado órgano instructor, de conformidad con los establecido en la disposición décima, apartado 5.º de la citada orden de convocatoria.
- d) Desestimar las solicitudes que figuran en el Anexo V, por las causas indicadas en el mismo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el Consejero de la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Valladolid, 3 de julio de 2017.
El Consejero de la Presidencia, Fdo.: José Antonio de Santiago-Juárez López
ANEXO I
SOLICITUDES SUBVENCIONADAS DE ENTIDADES LOCALES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS INTEGRALES
N.º EXPEDIENTE | NIF | DENOMINACIÓN ENTIDAD | PROVINCIA ACTUACIÓN | DENOMINACIÓN PROYECTO | CANTIDAD SOLICITADA | PUNTUACIÓN FINAL | PROPUESTA CONCESIÓN | ||
INTEGRALES 2017 | EELL | 012 | P2409100A | AYUNTAMIENTO DE LEÓN | LEÓN | LEÓN. CIUDAD DIVERSA | 25.000,00 € | 7,50 | 25.000,00 € |
INTEGRALES 2017 | EELL | 017 | P4718700J | AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID | VALLADOLID | CONVIVENCIA INTERCULTURAL. PLAN MUNICIPAL SOBRE INMIGRACIÓN | 25.000,00 € | 7,62 | 25.000,00 € |
50.000 €
ANEXO II
SOLICITUDES SUBVENCIONADAS DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE INMIGRANTES PARA PROYECTOS INTEGRALES EN PRIMERA FASE DE VALORACIÓN
N.º EXPEDIENTE | NIF | DENOMINACIÓN ENTIDAD | PROVINCIA ACTUACIÓN | DENOMINACIÓN PROYECTO | CANTIDAD SOLICITADA | PUNTUACIÓN FINAL | PROPUESTA CONCESIÓN | ||
INTEGRALES 2017 | ESAL | 012 | G09268228 | ASOCIACIÓN BURGOS ACOGE | BURGOS | PROGRAMA INTEGRAL DE ATENCIÓN Y APOYO A FAMILIAS INMIGRANTES | 25.000 € | 8,60 | 25.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 017 | G24504425 | ASOCIACIÓN VALPONASCA | LEÓN | VALPONASCA ATENCIÓN INTEGRAL INMIGRANTE | 8.600 € | 5,18 | 8.600 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 001 | Q2866001G | CRUZ ROJA PALENCIA | PALENCIA | INTERVENCIÓN INTEGRAL CON POBLACIÓN INMIGRANTE | 6.000 € | 8,37 | 6.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 013 | R3700100E | CÁRITAS DIOCESANA DE SALAMANCA | SALAMANCA | INCASA: SERVICIO DE ATENCIÓN INTEGRAL A INMIGRANTES | 6.400 € | 8,60 | 6.400 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 016 | G40012130 | UNIÓN DE CAMPESINOS DE SEGOVIA | SEGOVIA | PROYECTO INTEGRAL: CENTRO INTEGRAL DE INMIGRACIÓN UNIÓN DE CAMPESINOS DE SEGOVIA | 18.000 € | 7,45 | 18.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 004 | G47530043 | ASAIN-VALLADOLID | VALLADOLID | ESPACIO ABIERTO | 25.000 € | 9,07 | 25.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 014 | Q2866001G | CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN ZAMORA | ZAMORA | SIMPATIZA | 7.000 € | 5,32 | 7.000 € |
96.000 €
ANEXO III
SOLICITUDES SUBVENCIONADAS DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE INMIGRANTES PARA PROYECTOS INTEGRALES EN SEGUNDA FASE DE VALORACIÓN
N.º EXPEDIENTE | NIF | DENOMINACIÓN ENTIDAD | PROVINCIA ACTUACIÓN | DENOMINACIÓN PROYECTO | CANTIDAD SOLICITADA | PUNTUACIÓN FINAL | PROPUESTA CONCESIÓN | ||
INTEGRALES 2017 | ESAL | 007 | G47676010 | FUND. RED ÍNCOLA | VALLADOLID | CENTRO INTEGRAL INMIGRACIÓN RED INCOLA | 25.000 € | 9,00 | 25.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 008 | G09428962 | ATALAYA INTERCULTURAL | BURGOS | CENTRO INTEGRAL DE INMIGRACIÓN ATALAYA INTERCULTURAL | 23.300 € | 8,43 | 23.300 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 011 | R3700191D | CENTRO ASISTENCIAL DE MADRES SOLTERAS EN SALAMANCA | SALAMANCA | CONSTRUYENDO INTERCULTURALIDAD | 14.960 € | 8,33 | 14.960 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 002 | G47377247 | FUNDACIÓN CAUCE | VALLADOLID | PROGRAMA (P.A.I.): PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL AL INMIGRANTE Y SUS FAMILIAS | 25.000 € | 7,82 | 25.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 010 | G28659308 | YMCA | SALAMANCA | PUNTO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL INMIGRANTE YMCA EN SALAMANCA | 15.000 € | 7,23 | 15.000 € |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 006 | G79963237 | ACCEM | VALLADOLID | SERVICIO DE ATENCIÓN INTEGRAL AL INMIGRANTE DE ACCEM EN VALLADOLID | 15.000 € | 7,20 | 13.740 € |
117.000 €
ANEXO IV
SOLICITUDES INADMITIDAS DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE INMIGRANTES PARA PROYECTOS INTEGRALES POR HABER SIDO PRESENTADAS PRESENCIALMENTE
N.º EXPEDIENTE | NIF | DENOMINACIÓN ENTIDAD |
INTEGRALES 2017/ESAL/018 | G47076807 | PROCOMAR VALLADOLID ACOGE |
ANEXO V
SOLICITUDES DESESTIMADAS DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO Y ASOCIACIONES DE INMIGRANTES PARA PROYECTOS INTEGRALES
SOLICITUDES DESESTIMADAS POR AGOTAMIENTO DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO
N.º EXPEDIENTE | NIF | DENOMINACIÓN ENTIDAD | PROVINCIA ACTUACIÓN | DENOMINACIÓN PROYECTO | PUNTUACIÓN FINAL | ||
INTEGRALES 2017 | ESAL | 005 | G79963237 | ACCEM | SALAMANCA | SERVICIO INTEGRAL AL INMIGRANTE DE ACCEM EN SALAMANCA | 7,13 |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 009 | G28659308 | YMCA | VALLADOLID | PUNTO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL INMIGRANTE YMCA EN VALLADOLID | 6,77 |
INTEGRALES 2017 | ESAL | 003 | G81436099 | FUNDACIÓN ADSIS | VALLADOLID | PROYECTO INTEGRAL DE ATENCIÓN A INMIGRANTES | 5,03 |
SOLICTUDES DESESTIMADAS POR OTRAS CAUSAS
N.º EXPEDIENTE | NIF | DENOMINACIÓN ENTIDAD | PROVINCIA ACTUACIÓN | DENOMINACIÓN PROYECTO | CAUSA DE DESESTIMACIÓN | ||
INTEGRALES 2017 | ESAL | 015 | G24372856 | ASOCIACIÓN COLONIA CUBANA-LEONESA | LEÓN | SERVICIO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE APOYO AL COLECTIVO INMIGRANTE EN LEÓN | La Entidad solicitante no es titular de un centro integral de inmigración reconocido e inscrito como tal en el Registro de la red de atención a las Personas Inmigrantes (Dispongo Cuarto punto 3. C) de la Orden de Convocatoria) |
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