Voluntarios COMUNIDAD MADRID

ORDEN 831/2019, de 15 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se actualizan los Anexos del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid.

[sc name=”Seguridad Pública” ]
El Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid, tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil en la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias estatales y municipales en materia de protección civil determinadas en su respectiva normativa.
Las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil son organizaciones de carácter humanitario y altruista constituidas por personas físicas que ostentan la condición de voluntario de protección civil. No tienen ánimo de lucro ni personalidad jurídica propia, dependiendo jerárquica, jurídica, económica, orgánica y funcionalmente del ayuntamiento en el que se constituyan, sin que ello conlleve vínculo laboral o funcionarial de alguno de sus miembros con el ayuntamiento.
Esta norma deroga y sustituye al Decreto 125/1998, de 2 de julio, por el que se aprobaba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Voluntariado Municipal de Protección Civil, dado que razones de jerarquía normativa han motivado que el contenido del reglamento se deba adaptar a la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, así como a la Ley 1/2015, de 24 de febrero, de Voluntariado en la Comunidad de Madrid. Estas normas, en su Disposición Adicional Primera y en su Disposición Adicional Única, respectivamente, establecen que la acción voluntaria se desarrolle a través de organizaciones de voluntariado. Incluyen una referencia especial al voluntariado de protección civil, que se regirán en cuanto a su organización, funcionamiento y régimen jurídico por su normativa específica, aplicándose dichas leyes con carácter supletorio.
En el Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, se regulan aspectos como la definición de una agrupación municipal de protección civil, su organización y ámbito de actuación, así como quienes pueden pertenecer a estas organizaciones, y los derechos y deberes que se deben cumplir para ser un voluntario de protección civil en las mismas. Como novedad, se establece en sus anexos, la uniformidad y distintivos comunes para todas las Agrupaciones, con el fin de que puedan ser reconocidos por todos los vecinos de la Comunidad de Madrid independientemente del municipio al que pertenezcan. Se pretende facilitar un proceso de homogeneización y legitimación, que permita la identificación de este colectivo en las actuaciones tanto preventivas como operativas, y en especial, en casos de emergencia, facilitando la coordinación con los servicios públicos competentes.
De este modo, en el anexo I del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, se establece la uniformidad, distintivos y diseño de vehículos comunes para todas las Agrupaciones y en el anexo II, se describe el diseño y características del Carné de Voluntario de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.
Surge ahora la necesidad de actualizar estos anexos derivada de la exigencia de una mayor concreción en la descripción y definición, tanto del diseño como de los colores, de las prendas y de los vehículos, para facilitar así el cumplimiento del objetivo de homogeneidad establecido en dicha regulación. Por otro lado, se actualizan las características del diseño del carné de voluntario, simplificando los datos requeridos.
Esta orden se dicta de acuerdo con la disposición final primera del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, por la que se faculta al titular de la consejería competente en materia de protección civil para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente reglamento, así como para actualizar los datos que contienen los anexos al mismo.
Esta orden se dicta, igualmente, en cumplimiento de los principios de buena regulación y, en concreto, con los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en cuanto a su contenido y tramitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello, en virtud de las competencias que me confiere el Decreto 165/2018, de 4 de diciembre,
DISPONGO
Artículo único
Actualización del Anexo I y Anexo II del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid.
Se sustituye el contenido del Anexo I y del Anexo II del Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid, por el nuevo contenido de los anexos incluidos en esta orden.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 15 de marzo de 2019.
El Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/11.034/19)

Para ver ANEXO hay que entrar en : [sc name=”Seguridad Pública” ]

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