Condecoraciones Mossos d’Esquadra CATALUNYA

ORDEN INT/167/2019, de 5 de agosto, de creación de la condecoración que conmemora el Tricentenario del cuerpo de Mossos d’Esquadra.

[sc name=”Seguridad Pública” ]
Exposición de motivos
El año 2019 se cumplen los 300 años de la fundación de las primeras Escuadras de Paisanos Armados en Cataluña. La creación de esta institución, por Real orden del 21 de abril de 1719, y su posterior reglamentación, por Real orden del 8 de junio de 1719, supuso la constitución de un cuerpo de seguridad civil, jerarquizado y con vocación de servicio, alejado de las clásicas funciones militares de los ejércitos conocidos.
Este antecedente de la actual Policía de la Generalidad – Mossos d’Esquadra nació, pues, en un momento en el que el concepto de policía tal y como lo conocemos actualmente, todavía no existía. Sin embargo, de aquellas primigenias Escuadras de Paisanos Armados formadas por civiles en la actual institución de los Mossos d’Esquadra se ha mantenido el mismo hilo conductor: un cuerpo compuesto por ciudadanía y al servicio de la ciudadanía.
Más recientemente, tras la llegada de la democracia y el restablecimiento de la Generalidad, el Parlamento de Cataluña, por la Ley 19/1983, de 14 de julio, de acuerdo con lo que establecía el artículo 13 del Estatuto de autonomía de 1979, creó, en la disposición adicional, la Policía Autonómica de la Generalidad, el núcleo inicial de la cual era el cuerpo de Mossos d’Esquadra.
Por todos estos motivos, la celebración de los 300 años del cuerpo debe entenderse no sólo como una oportunidad de homenaje a sus miembros, sino también como el deseo de celebrar la identidad de valores y proximidad entre ciudadanía y policía.
La conmemoración de los tres siglos de historia del cuerpo de Mossos d’Esquadra quiere ser un recordatorio de los principales acontecimientos, ya que su existencia, desde la creación de las primeras Escuadras a comienzos del siglo XVIII hasta hoy, ha estado siempre enlazada de forma indisoluble con la historia de Cataluña.
Dentro de los actos y las actividades que se realizan para conmemorar estos 300 años, se considera oportuno crear una condecoración específica del Tricentenario con el objetivo de hacer un reconocimiento colectivo a los miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra por la profesionalidad demostrada, la voluntad de servicio a la ciudadanía de Cataluña y a sus instituciones y, especialmente, por el sacrificio y el esfuerzo realizado en la protección de la seguridad ciudadana durante todo este tiempo.
En consecuencia,

Ordeno:

Artículo 1
Condecoración conmemorativa del Tricentenario del cuerpo de Mossos d’Esquadra
1.1 Se crea la condecoración conmemorativa del Tricentenario del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
1.2 Esta condecoración consiste en un diploma conmemorativo, que se expedirá en los términos previstos en el artículo siguiente, y también en una medalla, que se podrá adquirir en los supuestos previstos en esta Orden.

Artículo 2
Diploma conmemorativo del Tricentenario
2.1 El diploma conmemorativo del Tricentenario se entregará a los/las miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra, incluyendo las personas que se encuentren en situación administrativa especial de segunda actividad.
2.2 Asimismo, pueden solicitar este diploma, por medio de la Comisaría General de Relaciones Institucionales, Prevención y Mediación:
a) Las personas que hayan sido miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra y que se hayan jubilado en el cuerpo.
b) Todo el personal de la Dirección General de la Policía y del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
c) Los agentes de la 26 promoción de Policía de la Generalidad – Mossos d’Esquadra, del año 2019-2020, como promoción del Tricentenario.
2.3 A título póstumo, también se podrá expedir el diploma conmemorativo para las personas funcionarias del cuerpo de Mossos d’Esquadra que hayan muerto en acto de servicio. El diploma deberá ser entregado a la persona que fue cónyuge o pareja estable en análoga relación de afectividad en el momento de la muerte o bien a ascendiente o descendiente en primer grado, previa solicitud de cualquiera de estos familiares dirigida al director general de la Policía.
2.4 El diploma conmemorativo, con el formato, el color y el diseño que se indicará en la página web del cuerpo de Mossos d’Esquadra, debe incorporar:
a) En el margen izquierdo inferior, la versión vertical del logotipo del Tricentenario.
b) En el margen derecho inferior, la armonización de la identificación específica del Departamento de Interior con la marca de la Policía de la Generalidad – Mossos d’Esquadra.

Artículo 3
Medalla conmemorativa del Tricentenario
La medalla conmemorativa del Tricentenario, de conformidad con el diseño establecido en la página web del cuerpo de Mossos d’Esquadra, debe tener:
a) En el anverso, en el centro, la bandera de Cataluña con la leyenda “Mossos d’Esquadra 1719”.
b) En el reverso, en el círculo central, la cruz de Sant Jordi con la leyenda “Policia de la Generalitat 2019”.
La cinta de la medalla es de color blanco con dos ribetes, con los colores azul y rojo. La cinta del pasador tiene también la misma distribución de colores.

Artículo 4
Entrega de la medalla conmemorativa
4.1 Los miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra y el personal a que se refiere el artículo 2.2 de esta Orden pueden adquirir, abonando su coste, la medalla conmemorativa, en los términos indicados en la página web del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
4.2 A los miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra muertos en acto de servicio cuyos familiares hayan solicitado el diploma conmemorativo, se les debe entregar también la medalla conmemorativa, gratuitamente.

Artículo 5
Efectos de la condecoración conmemorativa del Tricentenario
5.1 La Condecoración conmemorativa del Tricentenario no tiene carácter de condecoración meritoria a título personal, por lo que no será objeto de inscripción en el expediente personal de los miembros del cuerpo de Mossos d’Esquadra.
La entrega de esta condecoración no conlleva ninguna remuneración económica.
5.2 La medalla conmemorativa del Tricentenario y el pasador podrán llevarse en la uniformidad en supuestos especiales de determinadas celebraciones, de acuerdo con las instrucciones de los mandos o, en su caso, del director general de la Policía.

Disposición adicional
La solicitud del diploma y de la medalla conmemorativos del Tricentenario, en los supuestos previstos en esta Orden, puede efectuarse en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 5 de agosto de 2019

Miquel Buch i Moya
Consejero de Interior

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